Martes 16 de Abril de 2024

8 de mayo de 2019

Nueva jugada. El oficialismo intentará adelantar la elección a Gobernador y Diputados

Ingresó un proyecto para modificar un artículo de la Ley 55, que permita desdoblar la elección provincial. La intención es elegir Gobernador y diputados en agosto, dejando para octubre la de Intendente y Concejales. Todo bajo el sistema de Ley de Lemas, dejando de lado la idea de PASO provinciales. Se intentará tratar mañana sobre tablas, pero para eso se necesitan 2/3 de los votos. Negociaciones con los intendentes para lograr el número necesario.

Son intensas y a contrarreloj las negociaciones que mantiene el Gobierno para intentar modificar un artículo de la Ley orgánica de Municipalidades (Ley 55), para poder desdoblar las elecciones en Santa Cruz.

Dejando de lado la idea de establecer un sistema mixto de PASO para gobernador y Lemas para intendente, el oficialismo se abocó a intentar desdoblar la fecha de las elecciones. Buscará que el 11 de agosto (junto con las PASO Nacionales) se elija la fórmula de Gobernador y Vice, los diputados por distrito, e inclusive los diputados por Municipio.  Para el 27 de octubre quedaría la elección de Intendentes y Concejales.

También es importante destacar que todo será bajo el sistema electoral de Ley de Lemas para todas las categorías provinciales.

La intención final de toda la movida es la misma que trascendió a comienzos de esta semana. El FPV quiere mantener conformes a los distintos sectores internos que ambicionan llegar a la Gobernación. El Intendente Javier Belloni es uno de ellos.

Con el adelantamiento de las elecciones a gobernador el Frente se garantizaría que todos se mantengan dentro del Lema y la sumatoria de votos permita vencer nuevamente a la oposición, liderada por Eduardo Costa.

El proyecto presentado hoy por los diputados Jorge Arabel y Matías Mazú, establece un cambio de texto en el artículo 22 de la Ley 55. Indica que las elecciones ordinarias municipales tienen lugar cada cuatro años “pudiendo ser simultáneas a los Comicios Generales de la Provincia”.

Con esta frase sutil se pretende habilitar la posibilidad de desenganchar las elecciones municipales de las provinciales. El actual texto podría dar lugar a interpretaciones que sean llevadas ante la Justicia.

Para lograr su objetivo, el oficialismo tiene un margen mínimo. Deberá aprobar este proyecto sobre tablas en la sesión de mañana jueves. Para ello necesitará los votos de dos tercios de los diputados y es por eso que las negociaciones son frenéticas para alcanzar los 16 votos.

En estas horas hay muchos llamados a intendentes para lograr que sus diputados por municipio apoyen la modificación. ¿A cambio de qué? ¿Ayudas económicas para puedan hacer frente a pago/aumento de sueldos a municipales? tal vez.

Y el apuro del Gobierno es porque le quedan horas para que venza el plazo legal para convocar a elecciones el 11 de agosto. Es que la Ley establece el llamado debe ser como mínimo con 90 días de anticipación a la fecha fijada. Esto sería el sábado 11 de mayo.

Por lo tanto se espera conseguir el voto de los dos tercios de los diputados y al día siguiente (el viernes) la gobernadora Alicia Kirchner firmaría el decreto convocando a elecciones para gobernador y diputados con fecha 11 de agosto. (Guillermo Pérez Luque – Ahora Calafate).

TEXTO ACTUAL DEL ARTÍCULO 22

Las elecciones serán ordinarias y extraordinarias.

Las elecciones ordinarias tendrán lugar cada cuatrienio, el día y horas señalados por la ley para los comicios generales de la provincia y en las mismas mesas, bajo las mismas autoridades, con excepción de las mesas de extranjeros. Las extraordinarias tendrán lugar toda vez que haya que elegir intendente de una municipalidad fuera de las fechas establecidas en el párrafo anterior o cuando haya que integrar los Concejos.

TEXTO DEL PROYECTO CON EL NUEVO ARTÍCULO 22

Artículo 1°.- MODIFÍQUESE el Artículo 22 de la Ley 55, el que quedará redactado con el siguiente texto:

“Las elecciones serán ordinarias y extraordinarias.

Las elecciones ordinarias tendrán lugar cada cuatro años pudiendo ser simultáneas a los Comicios Generales de la Provincia, utilizando para ello las mismas mesas y autoridades con excepción de las mesas de extranjeros. Las extraordinarias tendrán lugar toda vez que haya que elegir Intendente de una Municipalidad fuera de las fechas establecidas en el presente artículo o cuando haya que integrar los Concejos.”

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