27 de marzo de 2020
Estos son los puntos centrales de la Emergencia Económica y Comercial
Se declara la emergencia económica y comercial en Santa Cruz por el término de 90 días corridos dicha medida puede ser prórroga prorrogable por igual termino. AHORA CALAFATE resumió los puntos centrales de las medidas que incluye esta emergencia.
SERVICIOS PÚBLICOS y DISTRIGAS
- Suspenderán por 90 días el corte de servicios en caso de mora o falta de pago de grandes usuarios, comerciales y residenciales. Inclusive aquellos que cuenten con aviso de corte en curso
- Establece que la cancelación de las facturas cuyos vencimientos operan en los meses de abril, mayo y junio de 2020 correspondientes a grandes usuarios y comerciales afectados por la emergencia, podrán ser canceladas en forma prorrateada en los doce meses subsiguientes a partir de julio de este año.
AGENCIA SANTACRUCEÑA DE INGRESOS PÚBLICOS - ASIP
- Se dispone la prórroga del vencimiento del Impuesto Inmobiliario Rural hasta el 30 de junio de 2020.
- Remisión de intereses resarcitorios de conformidad a lo establecido en el artículo 51 del Código Fiscal ley 3486 durante el plazo de la declaración de la emergencia.
- En los planes de facilidades de pago que se suscriben durante la Emergencia el contribuyente contará con un plazo de gracia de 3 meses.
- Suspender por 90 días corridos y por única vez los embargos correspondientes a ejecuciones Fiscales respecto de contribuyentes con domicilio en la provincia.
TRANSPORTE
- El Ministerio de la Producción a través de la Subsecretaría de Transporte dispone aplazar por 90 días corridos los vencimientos de las habilitaciones provinciales para transporte de cargas y de pasajeros.
TURISMO
- Se exime la exigibilidad de la totalidad de las tasas y aranceles que corresponden a la Secretaría de Turismo
CREDITO
- El Ministerio de Economía subsidiará puntos porcentuales de tasas de interés de líneas de crédito a través de entidades financieras “en pos de sostener el sistema productivo y comercial”
- También podrá evaluar la oportunidad y conveniencia para crear nuevas líneas de crédito con fondos asignados a la provincia.
EJECUCIONES FISCALES
- La Fiscalía de Estado es autorizada a suspender por única vez el inicio de ejecuciones Fiscales y la continuidad de aquellas que se encuentren en trámite respecto de contribuyentes domiciliados en Santa Cruz, salvo aquellas que se encuentren en condición de prescribir.
ADEMAS
- Se exime por el plazo de 90 días corridos la exigibilidad de tasas administrativas cuando estás no superen los $400
- Se invita a municipios y comisiones de fomento a adherir en lo que resulte pertinente a este decreto.
(Guillermo Pérez Luque)
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