Viernes 29 de Marzo de 2024

14 de octubre de 2015

Un caso de El Calafate hizo valer el derecho a la identidad

​Ocurrió antes que entrara en vigencia el nuevo Código Civil. La Defensoría Oficial hizo que se obligara a una clínica a que retenga los datos de un donante, en un caso de reproducción asistida. Todo comenzó con el trámite de adopción plena de una menor.

 

Antes que se implementara el nuevo Código Civil la justicia local y provincial, habían marcado un hito en materia de derechos de la identidad.

Para hablar del caso hay que obviar algunos detalles como nombres y tiempos exactos. Se puede decir que el fallo de la Cámara de Apelaciones, que se convirtió en el segundo de esas características en el país, y que no tuvo precedentes en la Patagonia, fue conocido por las partes en mayo del 2014.

Se trata de una niña nacida luego que su madre se sometiera a una fertilización asistida. La mujer está en pareja con una persona del mismo sexo, quien decidió solicitar la adopción plena, lo que no estaba estipulado para esos casos.

Con la idea de formar legalmente la familia, mas allá de los sentimientos, las mujeres pidieron la adopción plena en el juzgado civil de esta ciudad.

La jueza Florencia Viñuales le dio curso a la solicitud, sin que se opusiera la fisca Natalia Mercado.

Como parte del trámite de adopción, debía dar su opinión la defensora oficial Ethel Gassman (FOTO), quien tampoco se opuso, aunque si planteó que se obligara a la clínica donde se realizó la reproducción asistida a que guardara los datos de la identidad del donante del semen utilizado para la procreación.

En nuestro país la ley estipulaba la protección del anonimato de estos donantes. En el expediente que había comenzado a tramitar la adopción plena, figuraba la carta de confidencialidad por la cual quedaba en claro que jamás de sabría la identidad del donante.

La defensora Ethel Gassman dijo estar de acuerdo con la adopción, pero pidió que se asegure que la niña podría conocer su origen biológico cuando lo deseara, aunque sin derechos económicos ni de herencias.

La jueza Viñuales no aceptó, defendiendo la idea que el donante debe permanecer en anonimato, porque bajo esa condición accedió.

El debate se dio entre las oficinas judiciales, ya que las mujeres no presentaban resistencia a la idea de la defensoría.

La discusión legal originó que interviniera una instancia superior: la Cámara de Apelaciones de Río Gallegos, integrada por los jueces René Fernández, Francisco Marinkovic, y Enrique Arenillas, órgano al que la Defensora oficial había solicitado la anulación de la adopción.

Finalmente la Cámara de Apelaciones falló a favor del planteo de la defensoría y dictó un fallo que obliga al profesional y clínica interviniente a resguardar los datos de la identidad del donante para el caso que sea requerido por el juzgado por la niña, en el algún momento de su vida, sea por cuestión genética y ante alguna enfermedad o simplemente para conocer su origen.

El caso fue expuesto recientemente en las Jornadas Federales de Transformaciones en materia de Niñez y Adolescencia en el nuevo Código Civil, que se realizó en nuestra ciudad a principios de mes.

“Hay chicos que no se si van a poder conocer su origen, porque cuando vayan a pedir los datos en la clínica pueden decirle que ya no los tienen. Esto era para evitar que el banco se niegue a dar los datos o que se destruyan los datos del donante. Quizás a futuro, para la criatura no sea importante conocer al donante anónimo, pero quizás si lo sea, por cuestiones de salud o solo por querer conocer su origen biológico”, explicó la defensora en su ponencia.

Gassman y los jueces que votaron a favor de obligar a la clínica a retener los datos del donante, fueron invitados a explicar el caso.

El nuevo código civil contempla las bases para este tipo de disyuntivas, pero al momento de iniciarse el caso, casi dos años atrás, lo que ahora parece lógico, quedaba a la interpretación de los jueces y se debía plantear un debate legal.

La defensora calafatense argumento su postura desde varios enfoques. Entre ellos, la obra “Régimen de los Menores de Edad” de Mercedes Suría, en el que la autora que la falta de información sobre los orígenes en una persona acarrea consecuencias negativas en su desarrollo como tal, como ser la baja estima, inseguridad y ansiedad que pueden generar diferentes patologías”.

Un estudio realizado sobre 111 casos de personas concebidos por técnicas de reproducción asistida. En ninguno de los casos los padres informaron a sus hijos sobre su verdadero origen, pero si lo habían comentado a familiares o amistades, lo que hizo que el niño se enterara por otras vías, y de manera traumática.  

En la misma jornada, en la que estuvo presente Ahora Calafate, la jueza René Fernández recordó el caso desde el punto de vista judicial, explicando los pasos y criterios que se debieron seguir en la Cámara de Apelaciones, ante el planteo llegado desde El Calafate.

 Además de los detalles técnicos, la magistrada dijo: “es un caso que nos sensibilizó como personas, como madres y padres”.

FOTO: Momento en que el caso es expuesto en las jornadas Federales por la defensorá y jueces de la Cámara 

           Ethel Gassman, defensora oficial de la ciudad.

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