Lunes 18 de Agosto de 2025

  • 6.9º

6.9°

El Tiempo en El Calafate

17 de marzo de 2015

Siguen “las picadas” dentro y fuera de la ciudad.

La actividad está penada pero no hay acciones de control ni para encuadrarla dentro de la ley. Funcionarios políticos, de fuerzas de seguridad y judiciales quedan en la misma ilegalidad que los participantes de las picadas.

 

 


En nuestro país, correr picadas fuera de circuitos o “picodromos” es considerado un delito.

El código penal establece una pena de 6 meses a 3 años de prisión a quien corra picadas, y otras penas, por ejemplo a mecánicos que alteren las condiciones de los automóviles para facilitarles reacción y velocidad en picadas.

En El Calafate cada tanto hay una picada ilegal, pero la justicia local no actuó en ningún caso de acuerdo a ley.

Aquí no hay secuestros, procesados ni mucho menos condenados por este delito.

Recién el fin de semana la policía local amagó con un operativo. Secuestró una camioneta y un automóvil en otra madrugada de picadas, generando los enojos de los que integran ese mundo, quienes no entienden a su actividad como un delito.

En realidad, la policía intentó solo un efecto disuasorio, ya que en realidad debería haber secuestrado todos los vehículos que estaban en el tema, y apresado y puesto a consideración de la justicia a sus responsables.

“Esto ya es un tema mas social, nosotros tratamos de actuar porque llaman los vecinos molestos por los ruidos o alertando de las picadas, pero debería ser un tema en el que intervengan también otras instituciones, no solo nosotros como policías”, explicó una fuente policial a Ahora Calafate.

Las picadas crecen en nuestra ciudad en número de participantes y adeptos, y se realizan en la ruta provincial 11 o en el paseo costero, los fines de semana, bien de noche.

Algunos mezclan la velocidad con el consumo de alcohol, agregando otro factor de riesgo.

Otros se preocupan incluso por la limpieza del lugar que utilizan, limpiando y levantando las botellas que quedan en el sitio elegido

Entre los participantes hay de todo. Gente joven adepta a “los fierros”, con distintas responsabilidades sociales, y de variadas edades. Si hasta un inspector municipal es identificado como uno de los concurrentes a picadas locales y en Río Gallegos.

La situación ya comienza a plantearse por una disputa de sectores. Los vecinos llaman a la policía ante ruidos molestos, la fuerza de seguridad actúa a medias, y recibe los insultos y cargadas de varios integrantes de las picadas, mientras que los “fierreros” dicen que las molestias y la ilegalidad surgen de la realidad de no contar con un lugar fijo y apropiado.

“ Jajajaja, me secuestraron el auto! Ya mañana lo tengo de vuelta asique la próxima sin falta”, escribió Matías en una cuenta de la red Facebook dedicada a las picadas locales, como resumiendo que el accionar de policía, al menos como se hace en la actualidad, solo sirve para el momento.

Tiempo atrás, un grupo de adeptos a esa disciplina explicaron públicamente su razones, y pidiendo un lugar cerrado como podía ser el circuito local. Hubo conversaciones con el Automóvil Club y el municipio, pero quedaron en la nada.

Durante todo el verano las picadas continuaron dentro y fuera de la ciudad. Parece que solo el invierno las frenará, pero que tendrán mas fuerza al pasar la nieve y el hielo, porque como en otros lugares del país, cada vez son mas los vehículos preparados y los simpatizantes.

La actividad tal cual se desarrolla en la ciudad está penada por la ley, pero la normativa también contempla otras penas a funcionarios políticos, de fuerza de seguridad y judiciales, que a sabiendas de la comisión de un delito no lo hacen cesar, por lo que funcionarios quedan en la misma ilegalidad que quienes participan de las picadas, una situación que debería llevar a funcionarios de órganos controladores y de represión a buscar una salida a la zona gris en la que quedan: o se controla previene y reprime el acto ilegal, o se busca una alternativa para que la actividad se encuadre dentro de la ley.

Código Penal Artículo 193 BIS Código Penal de Argentina

Será reprimido con prisión de SEIS (6) meses a TRES (3) años e inhabilitación especial para conducir por el doble del tiempo de la condena, el conductor que creare una situación de peligro para la vida o la integridad física de las personas, mediante la participación en una prueba de velocidad o de destreza con un vehículo automotor, realizada sin la debida autorización de la autoridad competente.

La misma pena se aplicará a quien organizare o promocionare la conducta prevista en el presente artículo, y a quien posibilitare su realización por un tercero mediante la entrega de un vehículo de su propiedad o confiado a su custodia, sabiendo que será utilizado para ese fin. 
 

 

 

COMPARTIR: