Viernes 19 de Abril de 2024

28 de agosto de 2017

Con recomendaciones ambientales Nación aprobó la obra de las represas

Luego del recibir los informes de la Audiencia Pública provenientes del Congreso, los Ministerios de Energía y de Ambiente de Nación aprobó las obras de aprovechamiento hidroeléctrico en el río Santa Cruz. La cartera enumera una serie de recomendaciones que deberán incluirse en el Plan de Gestión Ambiental. Ahora se espera que la Corte Suprema de Justicia levante la prohibición de inicio de obra.

Los Ministerios de Ambiente y de Energía de Nación resolvieron aprobar las obras de los “Aprovechamientos Hidroeléctricos del Río Santa Cruz presidente dr. Néstor Kirchner - Gobernador Jorge Cepernic”.

La Resolución conjunta de ambos ministerios fue publicada este lunes en el Boletín Oficial de Nación. Fue confeccionada a partir de los informes de los miembros de las Comisiones de Energía de la Cámara de Diputados y de Senadores.

Estos informes a su vez recogieron las exposiciones realizadas por los participantes en la Audiencia Públicas realizadas el 20 y 21 de julio pasado, tanto en el Senado como en el Hospital SAMIC de El Calafate.

La resolución indica que tanto los informes de la mayoría de los parlamentarios como muchas de las instituciones que expusieron en la audiencia, “coinciden en los aspectos positivos enunciados por las autoridades provinciales”.

Sin embargo aclara que “las intervenciones de organizaciones no gubernamentales ambientalistas y de ciudadanos que participaron de la audiencia pública, aportaron elementos de juicio relevantes para el análisis de las autoridades competentes”.

Enfatizan en que en particular hay objeciones “en los aspectos del desacople hidráulico entre la represa Presidente Dr. Néstor KIRCHNER y el Lago Argentino, de posibles impactos sobre los glaciares”. Pero también hubo reparos y cuestionamientos sobre el estudio específico de impacto ambiental sobre la línea de alta tensión que conectará a las represas con el Sistema Argentino de Interconexión (SADI) y de la necesidad de diálogo con las comunidades aborígenes, entre otros.

La resolución conjunta publicada hoy oficialmente acompañará toda la documentación requerida por la Corte Suprema de Justicia, que mantiene paralizada las obras centrales de las represas desde diciembre de 2016, cuando hizo lugar al recurso de Amparo de la Asociación de Abogados Ambientalistas, que había sido presentado en diciembre de 2014.

Recomendaciones ambientales

Tomando las objeciones escuchadas en la Audiencia Pública, la Secretaría de Política Ambiental, Cambio Climático y Desarrollo Sustentable del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable  adjuntó a la resolución un informe técnico en el que enumera una serie de recomendaciones, las que deberán ser incluidas en el Plan de Gestión Ambiental (PGA) de las obras.

En tal sentido el informe indica que los impactos negativos identificados en el EIA “han sido debidamente atendidos mediante la planificación de medidas de ajuste del diseño del proyecto, medidas de prevención, mitigación y/o compensación incluidas en el PGA.

También hace mención a las principales preocupaciones de las ONG y vecinos. Entre ellas  la posible afectación de los glaciares en contacto con el Lago Argentino. Afirma que “los modelos hidrológicos utilizados demuestran que, operado a la cota de 176,50m, el Proyecto está hidráulicamente desacoplado del Lago Argentino, descartándose de este modo impactos sobre los glaciares del Campo de Hielo Patagónico Sur”.

No obstante el informe detalla una serie de recomendaciones específicas a fin de fortalecer la gestión ambiental adaptativa del Proyecto.

1. Colocación de una estación de monitoreo meteorológico continuo en el Campo de Hielo Patagónico Sur o en sus inmediaciones para complementar la existente en el Glaciar de los Tres operada por eI IANIGLA.

2. Realización de estudios complementarios para abordar la complejidad glaciológica de la cuenca del RSC, incluyendo el Campo Hielo Patagónico Sur aportando al conocimiento del área y al monitoreo de los glaciares.

3. Incorporación del monitoreo de impactos acumulativos y sinérgicos vinculados a la resiliencia de los sistemas hidrológicos, las comunidades y los ecosistemas al impacto combinado de la obra con los del cambio climático.

4. Utilización para el monitoreo de GEI de los valores publicados en los Informes Bienales de Actualización para factores de emisión y potenciales de calentamiento global, a fin de mantener comparabilidad en los cálculos de emisiones y consistencia con los inventarios nacionales y estudios de mitigación de Argentina.

5. Validación con el MAyDS del diseño de detalle de los pasos para peces adecuados a especies nativas en ambas presas.

6. Realización de monitoreos sobre fauna silvestre en relación a los impactos indirectos de la obra y su vinculación con el Parque Nacional Monte León y Parque Nacional los Glaciares.

7. Relevamiento y rescate de material arqueológico en los sitios de emplazamiento del Proyecto atendiendo en particular los sitios de importancia identificados por la Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y de Bienes Históricos (CNMLYBH) en NO- 2017-12744822-APN-CNMLYBH#MC.

8. Investigación y puesta en valor de áreas que se encuentran culturalmente relacionadas en la Provincia de Santa Cruz de acuerdo a la propuesta realizada por la CNMLYBH, teniendo en consideración los trabajos de investigación necesarios identificados en NO- 2017-12744822-APN-CNMLYBH#MC y los proyectos de declaratoria especificados en Nota de fecha 8/8/2017 remitida al MINEM por ME-2017-17789035-APNSSCCYDS#MAD.

9. Monitoreo de procesos de degradación de suelos para adecuar la gestión en forma temprana, considerando la metodología MARAS de monitoreo ambiental de las regiones áridas y semiáridas desarrollada por el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA).

10. Utilización de la metodología del Observatorio Nacional de Degradación de Tierras y Desertificación para monitorear la erosión hídrica a los fines de incorporar el aspecto relacionado a la estabilidad o dinámica del proceso en curso.

11. Restauración de la vegetación con especies nativas en los sitios de emplazamiento de obras temporarias, contemplando el monitoreo del avance de la recomposición hasta comprobar la supervivencia a largo plazo, evaluando alternativas ante resultados adversos.

12. Previsión del potencial de dispersión del material de obra y resultante del movimiento de suelos en función de las condiciones meteorológicas del sitio, en pos de minimizar los impactos sobre la vegetación y biodiversidad en general.

13. Adopción de las medidas vinculadas a la gestión de residuos indicadas por la Secretaría de Control y Monitoreo Ambiental del MAyDS en ME-2017-12418399-APN-DRP#MAD y la Dirección Nacional de Gestión Integral de Residuos de la Secretaría de Coordinación Interjurisdiccional del MAyDS en ME-2017-12863438-APN-DNGIR#MAD.

14. Previsión del acceso público, libre y gratuito al Observatorio Ambiental.

15. Consideración y análisis integral de los resultados del Observatorio Ambiental y monitoreos que se realicen en el marco del PGA a lo largo de todo el ciclo del Proyecto e integración al Sistema de Información Ambiental Nacional (SIAN).

16. Realización de una planificación detallada para la implementación del PGA incluyendo para cada Programa y Subprograma la individualización de actividades, plazos, responsables, recursos humanos calificados, indicadores y presupuesto asignado, a fin de garantizar el adecuado cumplimiento de las medidas propuestas en el corto, mediano y largo plazo. Incorporación de un cronograma financiero para cada programa y actividad asociado al avance de las tareas de obra.

17. Validación con el INAI de los procedimientos de consulta a fin de consolidar el espacio de diálogo con las comunidades.

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