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7 de abril de 2020

Decreto. Es obligatorio el uso de tapabocas o barbijos en El Calafate

El decreto 143/20 establece la obligatoriedad de utilización de barbijos, protectores faciales o tapaboca, para la circulación en la vía pública y en el interior de los establecimientos de atención al público. El propio intendente Javier Belloni había anticipado la decisión en entrevista con FM DIMENSION. También es obligatorio el rociado de alcohol en carros y bolsas de compras.

El Calafate se suma a la lista de municipios e inclusive provincias que establece la obligatoriedad de usar protectores faciales para circular en la vía pública.

Este martes el intendente Javier Belloni firmó el decreto 143/2020 que en su artículo 1° establece “la obligatoriedad de utilización de barbijos, protectores faciales o tapaboca,  para la circulación en la vía pública y en el interior de los establecimientos comerciales y de servicios que se encuentren realizando atención al público en la ciudad de El Calafate”.

De esta forma se confirma y oficializa lo que ayer lunes anticipó el propio jefe comunal en entrevista con FM DIMENSION, donde fundamentó que la decisión se toma por consejo del Comité Interinstitucional que asesora al Municipio en la contingencia de la Pandemia del Coronavirus Covid-19

“Sin los elementos definidos – aclara el decreto - no se podrá ingresar en los establecimientos mencionados, constituyendo una obligación del o los responsables del mismo el control correspondiente”.

El Municipio de El Calafate también oficializó que adopta el instructivo sobre “Uso de Barbijo Casero” recomendado por el Ministerio de Salud de la Nación.

VER AQUI

También será obligatorio a los comercios “el rociado de alcohol, en proporción 70/30 a los carros de compras y elementos que ingresen a los establecimientos, bolsas, carteras, etc.” (Guillermo Pérez Luque)

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