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21 de septiembre de 2016

Caso Benítez: Las partes apelaron el fallo de Viñuales

La Jueza de Primera Instancia de El Calafate había dispuesto que la Policía de Santa Cruz le pague 1,5 millones de pesos a la madre de la mujer asesinada por su marido, un cabo de la fuerza que también mató a los hijos de ambos y suicidó. El Estado provincial apeló la decisión judicial, y también lo hizo el abogado de la familia.

Días atrás la Juez de Primera Instancia en lo Civil de El Calafate, Dra. Florencia Viñuales emitió un fallo que obliga a la Policía de la provincia de Santa Cruz a resarcir en 1,5 millones de pesos a la señora Martha Esquivel, madre de María Martini, la mujer asesinada en 2011 por su marido, el cabo de la fuerza, Alejandro Benítez.

En aquella trágica madrugada del 2 de agosto, el efectivo policial mató además a sus dos pequeños hijos en y luego se suicidó.

Responsabilizando a la Policía de no controlar el estado psicológico de Benítez, ni al momento de ingresar a la fuerza ni mientras cumplía funciones, la Jueza Viñuales, dispuso que se pague la suma mencionada, por los cargos de daños material y moral.

Lo leíste en AHORA CALAFATE: Condenan al Estado a pagar 1,5 millones de pesos por “Caso Benítez”.

Como era de esperar el Estado provincial decidió apelar el fallo de Primera Instancia. En su descargo la fuerza sostuvo que cuando Benítez desencadenó la masacre “no estaba en cumplimiento del deber”. También dijo que “no obraban quejas de sus compañeros ni tenía sumarios en su contra”.     

Pero también apeló el abogado de Mirtha Esquivel, la madre y abuela de las personas asesinadas. El Dr. Carlos Muriete confirmó a Ahora Calafate que presentó su apelación. Si bien en declaraciones a FM Dimensión había elogiado el fallo de la Jueza Viñuales, su decisión de apelar obedece a una cuestión de estrategia judicial.

Mas Informacion: Caso Benítez: “Es un fallo ejemplar que saca a la luz las deficiencias de una institución”

Ahora la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería deberá convocar a las partes a “expresar los agravios” o la fundamentación de dicha apelación.

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