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16 de diciembre de 2017

Jueces dieron opiniones divididas en causa contra Municipalidad.


La Cámara de Apelaciones falló sobre la apelación que realizó el municipio, en desacuerdo con las órdenes de la jueza Viñuales, que obliga al municipio a realizar acciones y trabajos en el ex basural y actual zona de sacrificio. El fallo se conoció en las últimas horas.

 

La Cámara de apelaciones en lo Civil se manifestó sobre la apelación que hiciera el municipio de El Calafate, planteando su desacuerdo con el fallo de la jueza de primera instancia Florencia Viñuales que ordenó una serie de acciones y trabajo al resolver un amparo de dos vecinos.

En abril del 2016 los vecinos Ángel Serra y Claudio Bando impulsaron un amparo pidiendo que la justicia le ordene al municipio que dejara de arrojar residuos en una “zona de sacrificio”, en un basural fuera de la localidad, denunciando incumplimientos de leyes ambientales.

El municipio había destinado los residuos a ese nuevo lugar para dejar de utilizar un basural a cielo abierto que estaba a pocas cuadras del centro de la ciudad, y porque en el nuevo lugar, al comenzaba a construirse un nuevo centro de gestión de residuos.

La obra nacional tiene un retraso de casi dos años, tiempo en el cual la municipalidad debe seguir utilizando las fosas que construye en la llamada zona de sacrificio.

La jueza ordenó una cautelar imponiendo varias acciones y trabajos al municipio. La orden fue apelada, confirmada por la Cámara de Apelaciones y apelada al Tribunal Superior de Justicia de la provincia donde permanece hasta la actualidad.

En julio de este año la jueza Viñuales resolvió el amparo. No le dio toda la razón a los amparistas, pero igual ordenó que el gobierno local realice trabajos en los predios del ex basural y en la actual zona de sacrificio, sin esperar que se reactive la obra del nuevo centro de gestión de residuos, que contempla los mismos trabajos.
La municipalidad apelo y la Cámara de Apelación se expidió con fecha 14 de diciembre. Ahoracalafate.com.ar accedió al documento que indica que el fallo cuenta con los votos del juez   Carlos Arenillas, la subrogante Sandra García y el voto en minoría y en desacuerdo de la presidenta de esa cámara René Fernández.
Apelación rechazó el pedido de nulidad que realizó el municipio calafatense.

También revocó el artículo 2 mediante el cual la jueza Viñuales ordenaba que en un plazo de 60 días el municipio implementara un tratamiento de residuos de acuerdo a la ley provincial 2829.

También revoca el artículo 14 del fallo fijando que las costas deben ser afrontadas por el municipio.

El fallo confirma lo dictaminado por la primera instancia en otra decena de artículos con los que se obliga a la municipalidad a que en veinte días haga obras de cercado perimetral en el predio del ex basural del barrio Feliz Frías, que elabore informes interdisciplinarios sobre el mismo predio para que sean presentados en una audiencia pública, que realice cercado perimetral en la actual zona de sacrificio con designación de personal responsable, que la Secretaría de Medio Ambiente informe, en coordinación con la autoridad de aeronavegación sobre posibles recaudos se deben tener por la cercanía con aeropuerto local, que elabore un plan de concientización y que el gobierno local informe cada treinta días el avance de trabajos y acciones ordenadas.
El fallo de la Cámara de Apelaciones fue firmado días después que los jueces de ese tribunal visitaran los predios en cuestión y realizaran una inspección ocular, acompañados de los demandantes y funcionarios del gobierno municipal y provincial.

También se da a pocas jornadas que el intendente local Javier Belloni y el ministro de medio Ambiente de Nación firmaran el acuerdo definitivo para reactivar las obras del proyecto del nuevo centro de gestión de residuos etapa que comprende las obras que son ordenadas por el fallo de la jueza Viñuales.

El fallo fue notificado a las partes en las últimas horas en su faz resolutiva, quedando para la semana entrante conocerse los fundamentos de las decisiones.

Ahora se espera que el municipio plantee una queja en disconformidad con el fallo ante el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia.

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