Viernes 26 de Abril de 2024

OPINIÓN

4 de diciembre de 2019

LAS CARTAS ORGÁNICAS Y SUS PREÁMBULOS

En esta oportunidad la columna de Alejandro Rojo Vivot, nos da ejemplos de textos de municipios de nuestro país y un preámbulo completo de una ciudad patagónica.

Ilustración: Marco Aurelio, Meditaciones. Edición 1727

 

“Ni actúes contra tu voluntad, ni de manera insociable, ni sin reflexión, ni arrastrado en sentidos opuestos. Con la afectación del léxico no trates de decorar tu pensamiento. Ni seas extremadamente locuaz, ni polifacético”. [1] (1558)

 

Marco Aurelio Antonio Augusto (121-180)

 

Muchas constituciones y cartas orgánicas, por lo menos en Argentina, incluyen uno o más párrafos anteponiéndolo al articulado normativo.

Ese preámbulo fue originalmente ideado como un anticipo del resto, a la manera de un sucinto resumen o equivalente.

Las convenciones lo redactan al iniciar su labor a manera de guía y en otros casos un poco antes de finalizar el trabajo encomendado, teniendo a la vista el documento a ser aprobado.

Al redactar el Preámbulo, es inusual que los que lo votarán consulten específicamente a los ciudadanos en general y en particular a algunos especialistas.

El valor dado a estas líneas varía en mucho como, cuando en determinados ámbitos educativos se impulsa a los alumnos a memorizarlo sin análisis crítico y los que lo emplean conceptualmente en la actividad docente.

Es muy infrecuente que sean utilizados en discursos de funcionarios públicos ni en candidatos a cargos electivos como en los fundamentos de normas públicas.

En cada caso, es interesante analizar el sujeto o el pronombre elegido para comenzar indicando la perspectiva:

Nos [2] los representantes del pueblo de la Nación (…)” [3]

Nos los representantes del Pueblo de la Ciudad de Posadas (…)” [4]

Nosotros, [5] representantes del pueblo (…)”. [6]

"El pueblo de San Carlos de Bariloche, con el propósito de realizar el bien general satisfaciendo las necesidades de la comunidad local, proclama su voluntad de (…)”. [7]

Cabe señalar que cuando fue actualizada, los convencionales le agregaron un párrafo al final de Preámbulo: “Consolidar la autonomía municipal, el reconocimiento de los derechos individuales y colectivos de los habitantes de San Carlos de Bariloche, la protección del ambiente, la igualdad en el uso y goce de los bienes de la naturaleza, la descentralización administrativa como criterio de eficiencia, la planificación como garantía de desarrollo ordenado, la participación popular en la gestión municipal y el control de los funcionarios”.

Observemos un texto completo:

La comunidad de Dina Huapi, identificada con su historia y sus tradiciones, como parte integrante de la Provincia de Río Negro, Región Patagónica, de la Nación Argentina; con merecido derecho propio, por intermedio de sus representantes libres y democráticamente elegidos, reunidos en Convención Constituyente, para organizar social, política y jurídicamente el nuevo Municipio de Dina Huapi; garantizar la democracia republicana y federal; declarar la ética política como principio básico de la función pública; incentivar la participación ciudadana; reafirmar la defensa de los derechos humanos, la libertad, la igualdad y la solidaridad; fomentar el arraigo; propender al desarrollo sustentable de la Ciudad, preservar el ambiente, para nosotros, nuestros vecinos y las futuras generaciones que quieran habitar el municipio de Dina Huapi; con un definido perfil turístico e industrial, procurando una mejor calidad de vida y el logro del bien común. Invocando la protección de Dios en todas sus manifestaciones, a nuestro saber y entender, los Convencionales Constituyentes sancionamos y promulgamos esta Carta Orgánica para todos los habitantes del pueblo de Dina Huapi”. [8] [9]

 

[1] Aurelio, Marco. Meditaciones.

[2] Pronombre personal, indica un grupo que se incluye quien lo expresa.

[3] Argentina. Constitución. Preámbulo. 1853 y reformas.

[4] Posadas. Carta Orgánica. Preámbulo. Posadas, Provincia de Misiones, Argentina. 2010.

[5] Pronombre personal, indica un grupo que se incluye quien lo expresa.

[6] Río Grande. Carta Orgánica. Preámbulo. Río Grande, Provincia de Tierra del Fuego, Argentina. 2006.

[7] Bariloche. Carta Orgánica. Preámbulo. San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro, Argentina. 2007.

[8] Dina Huapi. Carta Orgánica. Preámbulo. Dina Huapi, Río Negro, Argentina. 2013.

[9] En varias oportunidades favorecimos en forma voluntaria el proceso participativo en la redacción de la Carta Orgánica, mediante talleres a los vecinos de Dina Huapi.

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