17 de noviembre de 2015
UCR avanza en la expulsión de Daniel Fernández
El Tribunal de Conducta del partido inició el trámite formal para echar al presidente del Comité El Calafate, por haberse presentado como candidato del Frente para la Victoria en las elecciones de octubre. No se descarta una intervención.
El Tribunal de Conducta de la Unión Cívica Radical de Santa Cruz comenzó a dar los pasos formales para la expulsión del partido de Daniel Gerardo Fernández, actual presidente del comité de El Calafate.
El diputado nacional y presidente del radicalismo provincial, Eduardo Costa dio a conocer a través de un medio de Río Gallegos, que se están dando los pasos que establece la Carta Orgánica del partido para concretar la desafiliación de Fernández.
El motivo es claro: su decisión de participar en las pasadas elecciones del 25 de octubre como candidato a concejal dentro de un sublema del Frente para la Victoria. Decisión que tomó horas antes del cierre de las listas de candidatos, inscribiéndose en un partido vecinal creado por Primero Calafate, el sector que lidera el intendente Javier Belloni.
Apenas conocida esa novedad, un grupo de cerca de 40 afiliados radicales de El Calafate realizó una denuncia ante el Comité Provincia pidiendo la intervención del comité “Arturo U. Illia” y la inmediata expulsión de Fernández de la UCR.
Ahora Calafate también supo que pedidos similares fueron enviados por dirigentes provinciales y del comité de Caleta Olivia.
Desde la conducción provincial decidieron no avanzar con el trámite de expulsión hasta después de la elección, de manera de no instalar el tema en la agenda preelectoral y de alguna forma “victimizar” a Fernández, según manifestaron fuentes radicales
Pasados los comicios ahora se impulsa el proceso de Fernández, a quien el propio Eduardo Costa calificó de “tránsfuga” en declaraciones radiales.
En tanto, el secretario de la UCR Santa Cruz, Ernesto Cruz, confirmó a FM Dimensión que el trámite de expulsión de Fernández está en marcha y calificó la actitud del dirigente calafateño como una “inconducta partidaria gravísima”.
De acuerdo al Artículo 62º de la Carta Orgánica partidaria, una vez formalizada la acusación el Tribunal “dará traslado de la misma al acusado por el término de 10 (diez) días para que produzca su descargo”
Si las partes (acusador o el acusado) ofrecieren pruebas, las mismas deberán producirse dentro de un término no mayor de 20 días a contar desde la presentación del descargo por el acusado. Y dentro de los 30 días posteriores al período de prueba, el Tribunal deberá expedirse.
Con respecto a la intervención del Comité El Calafate, la propia carta orgánica establece que el Comité Provincia tiene entre sus atribuciones, de la “Intervenir por resoluciones fundadas y con el voto de las 2/3 (dos terceras) partes de sus miembros, a los Comités Locales y en tal caso, en el término de 90 (noventa) días la Junta Electoral convocará a nuevas elecciones para la constitución del Comité intervenido”.
En tal sentido, Cruz dijo que la intervención al comité local del radicalismo podría concretarse en caso de comprobarse una situación de acefalía o minoría de integrantes en la comisión directiva.
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