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21 de diciembre de 2016

¿Buena o mala noticia? La Corte Suprema paró las obras de las represas.

Mientras la empresa constructora y políticos adelantaban que los trabajos se retomarían a fines de enero, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó que no se haga ningún trabajo. Aceptó un Amparo Ambiental de la AAAP y ahora debe tramitarse un juicio en un juzgado de Buenos Aires.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ordeno parar la obra de las represas del río Santa Cruz, con lo cual, de reactivar trabajos como se preveía para fines de enero, esto no será posible por la medida judicial.

La resolución firmada este miércoles 21 de diciembre, fue la respuesta al amparo ambiental solicitado por la Asociación de Abogados Ambientalistas de la Patagonia (AAAP), con sede en Buenos Aires, y presidida por el abogado Mariano Aguilar.

En el 2014 la asociación se presentó ante el máximo órgano judicial del país pidiendo que se paren las obras de las represas, tal cual lo informó en su momento ahoracalafate.com.ar 

Dos años pasaron para que los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz (Los dos últimos asumieron este año), dictaminaran sobre el planteo de la asociación.

Para mejor de los peticionantes, en los dos años, las obras no avanzaron sobre el río, ya que el proyecto lleva un año de retraso por la paralización que efectuó el gobierno nacional asumido en diciembre del 2015.

Hasta que se paralizaron por cuestiones financieras y ordenes políticas de Nación, las obras habían avanzado solo en las primeras gamelas para los primeros trabajadores y consolidaciones de caminos.

Cuando la AAAP se presentó ante la justicia argumentó que habían comenzado trabajos sin haberse dado a conocer el Estudio de Impacto Ambiental, sin que la población tomara conocimiento del proyecto y emitiera opinión en un proceso de Audiencia Pública, y que de acuerdo a informes de expertos y ambientalistas, la obra iba a perjudicar al lago Argentino y el comportamiento de los glaciares.

Un año después, mientras la Corte Suprema aún decidía si daba curso al planteo, el gobierno de Santa Cruz hizo la Audiencia Pública, exponiendo el estudio de Impacto Ambiental, sobre el que la ley santacruceña permite que lo haga la misma empresa que hará la obra.

La asociación cuestiona también el desarrollo de esa audiencia. Su presidente Mariano Aguilar le dijo a Ahora Calafate que la audiencia “fue muy agarrada de los pelos y que no cumple con los requisitos que establece la ley nacional 25675 como nombre general del ambiente,  como para darle validez a una obra que debe tener una presentación y una proyección muy importante”.

Al hablar con este portal, desde Buenos Aires, Aguilar mostró su satisfacción por la resolución de la Corte, y lo enmarcó en un proceso iniciado con el cambio del gobierno nacional. “Gracias a que se cambió el gobierno y los poderes sean un poco más independientes, no sé si tanto, pero un poco mas independientes, hemos logrado esta medida de importantísimo calibre”, indicó.

“No hemos buscado la parte política en lo mas mínimo, sino que hemos defendido el ambiente”, dijo el abogado que solicitó el amparo ante la CSJN, y quien dice haber sufrido la persecución política por parte del gobierno de Cristina Kirchner, mediante acciones de la AFIP (Agencia Federal de Ingresos Públicos).

¿Qué dice la CSJN?


De acuedo a la documentación a la que accedió ahoracalafate.com.ar la resolución de 16 páginas tiene un solo artículo en su parte resolutiva, el que dice:


Por ello, 1°) se hace lugar a la medida cautelar solicitada y, en consecuencia, se ordena la suspensión de las obras "Aprovechamientos Hidroelectricos del Rio Santa Cruz Presidente Dr. Néstor Carlos Kirchner - Gobernador Jorge Cepernic" hasta que se implemente el proceso de evaluación de impacto ambiental y au- diencia previsto en la ley 23.879, o hasta el dictado de la sen- tencia definitiva, lo que suceda en primer término, con la sal- vedad prevista en el considerando 8°; 2°) se resuelve declarar que la presente causa resulta ajena a la competencia de esta Corte prevista en los artículos 116 y 117 de la Constitución Nacional; 3°) se declara la competencia de la justicia nacional en lo contencioso administrativo federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para entender en la presente causa. Notifíquese y comuníquese a la Procuración General. Remítase a la Cámara Nacional Contencioso Administrativo Federal.


Ahora, la Cámara Contencioso Administrativo debe hacer el sorteo para designar un juzgado federal con asiento en la Ciudad de Buenos Aires en el que las partes demandadas deben demostrar que lo hecho hasta el momento se ajusta a ley, y recibir el planteo de la AAAP que cuestiona o actuado.

No se sabe cuántos meses puede llevar el procedimiento judicial.

En este caso, quienes deben acudir a la justicia para explicar lo actuado (demandadas) son el Gobierno de Santa Cruz y el Gobierno Nacional. 

El amparo para frenar la obra de las represas se presentó en diciembre de 2014

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