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11 de octubre de 2016

Obra Pública: Alicia Kirchner vetó lo que habían aprobado sus diputados

El pasado 25 de agosto con los votos del bloque oficialista se aprobó una modificación a la Ley de Obras Públicas, que prohíbe a las concesionarias de obras públicas subcontratar a otras empresas para que las realicen. La Gobernadora lo vetó debido a unas observaciones realizadas por el Ministerio de Economía

La Gobernadora de Santa Cruz, Alicia Kirchner dispuso el veto a una modificación de ley impulsada por los propios diputados del oficialismo. El asunto no trascendió pero se encuentra publicado en el Boletín Oficial.

El pasado 25 de agosto, los legisladores del Oficialismo impulsaron la aprobación de un proyecto de modificación del Artículo 37º de la Ley de Obras Públicas en General (Nº2743).

El nuevo texto de dicho artículo prohíbe a las empresas adjudicatarias de una obra pública “transferir o ceder” la ejecución “en todo o en parte” a otra persona física o jurídica, “ni asociarse para su cumplimiento”, bajo pena de “desadjudicar automáticamente el contrato” de obra.

La génesis de este proyecto data del año 2014. La iniciativa de modificación fue firmada por el entonces diputado Rubén Contreras, por entonces jefe de la bancada del FPV en la Cámara de Diputados. El proyecto llevaba las firmas en adhesión de otros legisladores, entre ellos el calafateño Jorge Arabel.

La subcontratación es una práctica bastante habitual en la adjudicación de la obra pública, y además seriamente cuestionada.

En su argumentación, los mencionados diputados afirman que el cambio de este artículo responde a que “en muchos contratos de obras se presentan empresas que legalmente están en condiciones de hacerlo pero posteriormente cuando se les otorga la obra estos ceden las mismas a personas particulares o empresas sin constitución legal, donde además el costo de la misma cambia significativamente en sus valores y en su calidad”.

“A modo de ejemplo – sostienen los diputados - podemos enunciar que, la empresa contratada en una primera instancia, no posee riesgos de ningún tipo, pero si obtiene una ganancia significativa ya que cuando transfiere la obra a una empresa sub-contratada, también le transfiere los riesgos, perjudicando notablemente la cantidad de mano de obra y la calidad de la misma”.

“Estas sub-contrataciones afectan directamente a la mano de obra calificada de los obreros de nuestra provincia, y debemos legislar en consecuencia para salvaguardar los intereses de la Administración Provincial”, remata la fundamentación del proyecto que finalmente fue aprobado el 25 de agosto, tras un despacho de comisión que aconsejaba votar favorablemente, emitido por las Comisiones de Obras Públicas, Vialidad y Transporte y de Legislación General de la Cámara de Diputados.

VETO

Sorpresivamente y en contraposición con lo que impulsaron y votaron los diputados del Frente para la Victoria, la Gobernadora Alicia Kirchner vetó la modificación de ese artículo.

No podemos permitir que una empresa que se presenta legalmente en una licitación, posteriormente es cesionaria de un contrato, no pueda efectuar esta transferencia, ni constando alguna autorización por ninguna Administración, debe asumir y cumplir con la responsabilidad asumida.

Ahora Calafate consultó a la Gobernadora sobre este tema durante su última visita a la localidad, en ocasión de la inauguración del Jardín de Infantes Nº63. Escuetamente la mandataria provincial explicó que el veto fue “una medida de tipo técnico”, ya que lo aprobado era “redundante porque la Ley de Obras Públicas ya tenía contemplada” el mecanismo de control de la sub-contrataciones

El texto del veto del Ejecutivo fue publicado el 29 de septiembre pasado. Indica que respecto a la modificación legal “se expidió el Ministerio de Economía Finanzas e Infraestructura, formulando algunas observaciones al texto sancionado”.

El actual artículo 37 deja a criterio de la Administración el autorizar la sub-contratación, siempre y cuando el concesionario original cumpla algunos requisitos, como haber ejecutado al menos el 30 por ciento de la obra pública y que la empresa subcontratada figure en Registro Provincial de Constructores de Obras Públicas, y tenga capacidad disponible suficiente.

Para el Ejecutivo son suficientes estas condiciones mientras que para los diputados la subcontratación directamente no debe permitirse.

“La rigidez del dispositivo sancionado conspira contra la vigencia del vínculo contractual” dice el fundamento del veto de la Gobernadora, quien considera que “de constatarse alguna circunstancia extraordinaria que impida a la empresa contratista cumplir con las obligaciones asumidas, el contrato cesaría de pleno derecho, debiendo la autoridad asumir la continuidad de la obra o gestionar la tramitación de un nuevo procedimiento de selección de postulantes con el dispendio y mayores gastos que ello genera para la administración”.

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